El Boletín Oficial publica este viernes 16 la Orden EFP/624/2023, del 8 de junio y procedente del ministerio de Educación y Formación Profesional, por la que se procede a la convocatoria de ayudas para el año 2023 y se modifica la Orden EFP/217/2022, del pasado 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para la formación de cualificación y recualificación de la población activa. Todo lo relativo a esta Orden lo puedes leer clickando este enlace.
La Orden modificada se dirige prioritariamente a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos y mejora de las capacidades para la transición ecológica, destinada a empresas, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro y se procede a la convocatoria del año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Dentro de este Plan había fijado desde el 2021 un objetivo de formar a 700.000 personas, empleadas o desempleadas, hasta el 2024. Hay una línea de ayudas y se establece la concesión de subvenciones a empresas, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos de formación no formal vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en sectores estratégicos.
El programa que se presenta al amparo de esta convocatoria tiene carácter estatal, considerando que la cualificación y recualificación de las personas trabajadoras de nuestro país está alineada con las políticas interdepartamentales del Gobierno de España y que, respetando las competencias de las Comunidades Autónomas, las complementa con objetivos que van más allá de los establecidos por las Comunidades Autónomas, según recoge el BOE.

El presupuesto asignado a la presente convocatoria asciende a 108 millones de euros con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 de la Secretaría General de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional, procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Los proyectos subvencionables en el marco de este Programa incluirán:
a) Proyectos de empresas para la formación de sus trabajadores vinculados mediante una relación laboral, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate. Se podrá incluir en estos proyectos la organización de procedimientos previos de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, en los términos previstos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Estos proyectos se financiarán con hasta un 40% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria, estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función de la disponibilidad presupuestaria.
b) Proyectos de agrupaciones de empresas, asociaciones, consorcios, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, destinados a la formación de trabajadores de un conjunto de empresas pertenecientes o vinculadas al beneficiario, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se trate. Se podrá incluir en estos proyectos la organización de procedimientos previos de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, en los términos previstos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Estos proyectos se financiarán con hasta un 60% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria, estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función de la disponibilidad presupuestaria.
c) Proyectos de entidades sin ánimo de lucro que presenten propuestas de formación, y en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo, así como para colectivos de especial vulnerabilidad. Estos proyectos se financiarán con hasta un 20% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria, estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función de la disponibilidad presupuestaria.