El sábado 22 de julio quedó publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto que desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, que permitirá la implantación en su totalidad de la Ley orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional a partir del próximo curso.

En el artículo 2 de este Real Decreto se establecen las finalidades del Sistema. «La presente disposición tiene por objeto el desarrollo de un sistema único e integrado de Formación Profesional regulado por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional», reza el texto.

Son finalidades del Sistema de Formación Profesional:
a) La apertura de la Formación Profesional a toda la población, incluyendo la
preparación para el primer acceso al mundo laboral, la formación profesional continua y
la readaptación profesional, con la orientación profesional y acompañamiento que cada
persona precise.
b) La aportación, mediante ofertas formativas ordenadas, acumulables y
acreditables, los conocimientos y las habilidades profesionales necesarios para una
actividad profesional cualificada en un mundo laboral cambiante.
c) Garantizar la formación profesional de personas trabajadoras, incluida la dirigida
a la adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo, así como al
desarrollo de planes y acciones formativas tendentes a favorecer la empleabilidad, de
acuerdo con el artículo 4.2.b) del Estatuto de los Trabajadores.